MUNDO Research Team · Vetted by Costa del Sol property professionals
Published January 2026 · Updated February 2026 · 9 min read
Comprar una propiedad juntos es un compromiso significativo para cualquier pareja, pero para las parejas no casadas que compran en España, el panorama legal es notablemente diferente al del Reino Unido. España no reconoce automáticamente a las parejas convivientes de la forma que muchas personas asumen, y la ausencia de matrimonio crea vulnerabilidades legales reales en torno a la propiedad, la separación y la herencia.
Esta guía explica las estructuras de copropiedad disponibles en España, cómo proteger los intereses de ambos miembros de la pareja, qué ocurre si la relación se rompe, y cómo la ley de herencias afecta a las parejas no casadas. Establecer el marco legal correcto en el momento de la compra puede prevenir consecuencias devastadoras más adelante.
Cómo Funciona la Propiedad Inmobiliaria en España para Parejas
Cuando dos o más personas compran una propiedad juntas en España, la propiedad se registra como "proindiviso" (copropiedad en cuotas indivisas). Cada propietario posee un porcentaje del total de la propiedad, no una parte física específica de la misma. A diferencia de Inglaterra y Gales, España no distingue entre "joint tenants" y "tenants in common" de la misma manera.
Principios Clave de la Copropiedad Española (Proindiviso)
- Cada copropietario tiene un porcentaje de participación definido (por ejemplo, 50/50, 60/40, 70/30)
- Cada copropietario puede vender, hipotecar o legar su participación de forma independiente (aunque el otro copropietario tiene un derecho preferente de compra)
- Ningún copropietario puede ser obligado a permanecer en copropiedad indefinidamente. Cualquier copropietario puede exigir la disolución (división de la cosa común), lo que puede implicar forzar una venta
- Las decisiones sobre la propiedad (mantenimiento, mejoras, alquiler) requieren el acuerdo de copropietarios que posean una participación mayoritaria
Las participaciones que registréis en la escritura (título de propiedad) en el momento de la compra son las que importan legalmente. Si registráis 50/50 pero un miembro de la pareja realmente pagó el 80% del precio, la posición legal es 50/50 independientemente. Establecer las participaciones correctas desde el principio es esencial.
Elegir la División de Propiedad Adecuada
La decisión más importante es qué porcentaje poseerá cada miembro de la pareja. Hay varias opciones:
Participaciones Iguales (50/50)
La opción más sencilla y apropiada cuando ambos miembros de la pareja contribuyen por igual al precio de compra, la hipoteca y los gastos corrientes. Esta es la suposición por defecto que hacen muchas parejas, pero puede ser injusta si las contribuciones son desiguales.
Proporcional a la Contribución
Si un miembro de la pareja contribuye más al depósito, precio de compra o hipoteca, podéis registrar participaciones que reflejen la aportación financiera real. Por ejemplo, si el Miembro A paga 180.000 EUR y el Miembro B paga 120.000 EUR de una propiedad de 300.000 EUR, registráis 60/40.
Esto es sencillo en el momento de la compra pero se complica con el tiempo a medida que los pagos de la hipoteca, las reformas y los gastos de funcionamiento alteran el equilibrio de las contribuciones.
Propiedad Única con Acuerdo de Ocupación
Un miembro de la pareja compra y posee la propiedad en su totalidad, y el otro tiene un derecho contractual de ocupación (o no). Esto evita por completo las complicaciones de la copropiedad, pero deja al miembro no propietario sin derechos sobre la propiedad. Un acuerdo privado puede establecer qué ocurre con las contribuciones financieras del no propietario si la relación termina.
La Importancia Crítica de un Acuerdo de Convivencia
La ley española no proporciona las mismas protecciones para parejas no casadas que para las casadas. No existe un equivalente a la Ley TOLATA de Inglaterra, y los tribunales españoles generalmente no mirarán más allá de la propiedad registrada para evaluar la "equidad" o los fideicomisos implícitos.
Un acuerdo de convivencia (convenio de convivencia o pacto de pareja de hecho) es un contrato privado entre vosotros que establece:
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- Las contribuciones financieras que cada miembro de la pareja está realizando (depósito, pagos de hipoteca, gastos corrientes)
- Cómo se posee la propiedad y en qué participaciones
- Qué ocurre si la relación termina (quién se queda, cómo se vende la propiedad o un miembro compra la parte del otro, plazos)
- Cómo se tratan las mejoras o reformas (¿cambian la división de propiedad?)
- Cómo se comparten los gastos corrientes
- Qué ocurre si uno de los miembros fallece (esto es independiente del testamento pero puede complementarlo)
Este acuerdo debe ser preparado por un abogado español e, idealmente, firmado ante notario para darle mayor peso legal. El coste es típicamente de 500 a 1.500 EUR, lo cual es un seguro modesto contra una posible disputa que podría costar decenas de miles de euros.
Qué Ocurre Si Os Separáis
Este es el escenario en el que nadie quiere pensar al comprar juntos, pero es el escenario donde la planificación legal importa más. Sin un acuerdo de convivencia, se aplican las siguientes normas:
Si Estáis de Acuerdo
El resultado más sencillo: acordáis vender la propiedad y dividir los ingresos según vuestras participaciones registradas, o un miembro acepta comprar la parte del otro. Necesitaréis una nueva escritura (escritura de transmisión), que implica gastos de notaría, gastos del Registro de la Propiedad, y potencialmente impuesto de transmisiones (ITP) sobre la transacción.
Si No Estáis de Acuerdo
Según el Artículo 400 del Código Civil español, cualquier copropietario puede exigir la disolución de la copropiedad en cualquier momento. Si no se puede llegar a un acuerdo, cualquiera de las partes puede solicitar a un tribunal español una venta judicial. El tribunal ordenará la venta de la propiedad en subasta y la división de los ingresos según las participaciones registradas.
Las ventas judiciales son lentas (12 a 24 meses), caras (honorarios legales, costas judiciales y comisiones de subasta) y típicamente logran precios por debajo del mercado. La propiedad a menudo se vende por el 60-70% de su valor de mercado en subasta judicial. Ambas partes pierden.
Por esto un acuerdo de convivencia que incluya un mecanismo de salida claro (derecho preferente de compra al valor de mercado tasado independientemente, por ejemplo) es tan valioso.
Complicaciones con la Hipoteca
Si tenéis una hipoteca conjunta, la separación no libera a ninguno de los miembros de la obligación hipotecaria. El banco prestó a ambos, y ambos seguís siendo responsables del importe total hasta que la hipoteca sea reembolsada o formalmente novada (transferida a una de las partes). Si un miembro deja de pagar, el otro es responsable del importe total.
Opciones para gestionar la hipoteca en caso de separación:
- Vender la propiedad y reembolsar la hipoteca con los ingresos
- Un miembro asume la hipoteca (requiere aprobación del banco, que no está garantizada, y el miembro restante debe cualificar para la hipoteca solo/a)
- Continuar pagando conjuntamente mientras se vende la propiedad (requiere cooperación)
Herencia: El Riesgo Oculto para Parejas No Casadas
Aquí es donde la ley española crea la vulnerabilidad más grave para las parejas no casadas. Según las normas de legítima española:
- Las parejas no casadas no tienen derechos hereditarios automáticos. Si tu pareja fallece sin un testamento que te deje su parte de la propiedad, no heredas nada. Su parte pasa a sus hijos, padres u otros familiares según las normas de sucesión intestada
- Incluso con testamento, las normas de legítima reservan dos tercios del patrimonio para los hijos. Si tu pareja tiene hijos (de cualquier relación), tienen derecho legal a esas porciones, lo que potencialmente te deja con solo un tercio de la parte de tu pareja — o menos
- La elección del Reglamento Bruselas IV (elegir la ley inglesa) puede evitar la legítima, pero debe estar explícitamente indicada en un testamento español
El escenario de pesadilla: Tú y tu pareja poseéis una propiedad al 50/50. Tu pareja fallece sin testamento español. Tiene dos hijos de una relación anterior. Según la sucesión intestada española, los hijos heredan el 50% de tu pareja. Ahora coposeéis la propiedad con los hijos de tu pareja fallecida, que pueden querer vender. Podrías verte forzado/a a abandonar tu hogar.
La solución es sencilla pero debe hacerse con antelación:
- Ambos miembros hacen testamentos españoles dejando su parte al otro
- Ambos testamentos incluyen la elección del Reglamento Bruselas IV para la ley inglesa, anulando la legítima
- Ambos miembros son conscientes de que, si tienen hijos, estos pueden impugnar el testamento según la ley española (aunque la elección del Bruselas IV refuerza significativamente la posición del miembro superviviente)
Lee nuestra guía detallada sobre testamentos españoles para el proceso completo y los costes.
Impuesto de Sucesiones para Parejas No Casadas
Los tipos del impuesto de sucesiones español varían según la relación entre el fallecido y el heredero. Los cónyuges e hijos se benefician de reducciones sustanciales en Andalucía (hasta el 99% de reducción para herencias de hasta 1 millón de EUR por heredero). Las parejas no casadas pueden o no cualificar para las mismas reducciones, dependiendo de si están registradas como pareja de hecho.
| Categoría de Heredero | Grupo Fiscal | Reducción en Andalucía (2026) |
|---|---|---|
| Cónyuge | Grupo II | Hasta 99% para herencias menores de 1M EUR |
| Pareja de hecho registrada | Grupo II (igual que cónyuge) | Hasta 99% para herencias menores de 1M EUR |
| Pareja no registrada | Grupo IV (extraño) | Sin reducción |
| Hijos | Grupo I/II | Hasta 99% para herencias menores de 1M EUR |
La diferencia es enorme. Una pareja no registrada que hereda una parte de 200.000 EUR podría enfrentar una factura fiscal de 30.000 EUR o más, mientras que una pareja registrada o cónyuge no pagaría casi nada en Andalucía.
Si vivís en Andalucía (o planeáis hacerlo), considerad registraros como pareja de hecho en la Junta de Andalucía. Los requisitos incluyen ser mayor de 18 años, no estar casado/a con otra persona, prueba de convivencia (empadronamiento en la misma dirección) y una declaración formal. El proceso de registro típicamente lleva unas pocas semanas y cuesta muy poco.
Consideraciones Hipotecarias para Parejas No Casadas
Los bancos españoles prestan a parejas no casadas conjuntamente, aplicando los mismos criterios que para parejas casadas. Sin embargo, tened en cuenta estos puntos:
- Responsabilidad solidaria: Ambos miembros son totalmente responsables de la totalidad de la hipoteca, no solo de su parte. Si un miembro no paga, el banco persigue al otro por el importe total
- Evaluación de ingresos: El banco considera ambos ingresos al determinar la capacidad de pago, lo que significa que podéis cualificar para una hipoteca mayor conjuntamente de lo que cualquiera podría solo
- División de propiedad vs división hipotecaria: Podéis poseer la propiedad 60/40 pero la hipoteca es 100% conjunta. Al banco no le importa vuestra división de propiedad; le importa que le devuelvan el dinero
- Seguro de vida: La mayoría de los prestamistas hipotecarios españoles recomiendan encarecidamente (y algunos exigen) pólizas de seguro de vida. Para parejas no casadas, aseguraos de que la póliza pague a vuestro/a compañero/a para que pueda mantener los pagos de la hipoteca si fallecéis
Lista de Verificación Práctica para Parejas No Casadas que Compran Juntas
- Acordad la división de propiedad antes de hacer una oferta. Debe reflejar las contribuciones financieras reales
- Haced que un abogado español redacte un acuerdo de convivencia. Cubrid mecanismos de salida, reparto de gastos y procedimientos de compra de la otra parte
- Ambos haced testamentos españoles dejando vuestra parte de la propiedad al otro, con la elección del Bruselas IV para la ley inglesa
- Considerad registraros como pareja de hecho en Andalucía para beneficios fiscales en herencias
- Comprended las implicaciones hipotecarias de la responsabilidad solidaria
- Conservad registros de todas las contribuciones financieras (transferencias bancarias, pagos de hipoteca, costes de reforma) en caso de futura disputa
- Revisad vuestros acuerdos si las circunstancias cambian (hijos, matrimonio, cambios significativos en las contribuciones financieras)
Lectura Relacionada
Próximos Pasos
- Discutid la estructura de propiedad y la planificación de salida honestamente con vuestra pareja antes de empezar a ver propiedades
- Contratad a un abogado español con experiencia en copropiedad transfronteriza
- Leed nuestra guía sobre la ley de herencias en España para el panorama completo sobre planificación sucesoria
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Disclaimer
This guide is for informational purposes only and does not constitute legal, tax, or financial advice. Property laws and tax regulations change frequently — always consult a qualified Spanish lawyer and tax advisor before making any property purchase decisions. Data sourced from Spanish Land Registry, Idealista, and MUNDO partner network. Last verified: March 2026.