MUNDO Research Team · Vetted by Costa del Sol property professionals
Published June 2025 · Updated February 2026 · 9 min read
¿Quién debe presentar el Modelo 210?
Si posees una propiedad en España y no eres residente fiscal español, debes presentar el Modelo 210 (Impuesto sobre la Renta de No Residentes) cada año. Esto se aplica independientemente de si alquilas la propiedad o simplemente la usas como vivienda vacacional. Se aplica a todas las nacionalidades, incluidos los ciudadanos británicos.
Muchos compradores británicos se sorprenden con esta obligación. En el Reino Unido, no se paga impuestos simplemente por ser propietario de una segunda vivienda (más allá del council tax y el ITP). En España, Hacienda considera que poseer una propiedad genera una renta figurada — llamada renta imputada — incluso si nunca recibes ni un céntimo de alquiler.
La lógica es que al poseer una vivienda vacacional, estás "ahorrando" el coste de alquilar una. España grava ese beneficio figurado. Puede parecer injusto, pero está bien establecido en el derecho tributario español y se aplica igualmente a los nacionales españoles con segundas viviendas.
Impuesto sobre la renta imputada: el impuesto por no alquilar
Si tu propiedad en España no se alquila durante el año (o durante los periodos en que está desocupada), pagas el impuesto sobre la renta imputada. Así funciona:
El cálculo
La renta imputada se calcula como un porcentaje del valor catastral de la propiedad, que es el valor asignado por la oficina del Catastro. El valor catastral es típicamente mucho menor que el valor de mercado — a menudo el 30-50% del precio de compra para propiedades adquiridas recientemente, y a veces tan bajo como el 10-20% para propiedades más antiguas.
El porcentaje de renta imputada es:
- 1,1% del valor catastral si el valor se ha revisado en los últimos 10 años
- 2% del valor catastral si el valor no se ha revisado en los últimos 10 años
La mayoría de propiedades en zonas populares para expatriados (Costa del Sol, Costa Blanca, Islas Baleares) han tenido sus valores catastrales revisados recientemente, por lo que normalmente se aplica el tipo del 1,1%.
El tipo impositivo aplicado a esta renta imputada es del 19% para residentes en la UE/EEE y del 24% para residentes fuera de la UE/EEE. Desde el Brexit, los ciudadanos británicos están clasificados como no UE/EEE por Hacienda y pagan el tipo del 24% sobre la renta imputada. Esta es la posición definitiva post-Brexit aplicada por la Agencia Tributaria.
Ejemplo práctico
Posees un apartamento en Marbella con un valor catastral de 150.000 € (el valor se revisó en 2020).
- Renta imputada: 150.000 € x 1,1% = 1.650 €
- Impuesto al 24%: 1.650 € x 24% = 396 €
Así que debes 396 € al año en impuesto sobre la renta imputada de no residentes por esta propiedad. Para una propiedad con un valor catastral de 300.000 €, el impuesto sería de 792 € — igualmente muy manejable.
Dónde encontrar tu valor catastral
Tu valor catastral aparece en tu recibo anual del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) — el equivalente al council tax. Figura como "Valor Catastral" en el recibo. También puedes consultarlo online en la Sede Electrónica del Catastro (www.sedecatastro.gob.es) si dispones de un certificado digital.
Plazo de presentación
El Modelo 210 por renta imputada debe presentarse antes del 31 de diciembre del año siguiente al ejercicio fiscal. Así, para el ejercicio fiscal 2025, debes presentarlo antes del 31 de diciembre de 2026.
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Sin embargo, si declaras ingresos por alquiler en el Modelo 210, el plazo es diferente. Las declaraciones de ingresos por alquiler deben presentarse trimestralmente:
- T1 (enero-marzo): presentar antes del 20 de abril
- T2 (abril-junio): presentar antes del 20 de julio
- T3 (julio-septiembre): presentar antes del 20 de octubre
- T4 (octubre-diciembre): presentar antes del 20 de enero del año siguiente
Muchos propietarios que alquilan parte del año y usan la propiedad ellos mismos el resto presentan una combinación: declaraciones trimestrales para los periodos de alquiler, más una declaración anual por la renta imputada durante los periodos desocupados.
Cómo presentar el Modelo 210
Opción 1: Presentar online tú mismo
Puedes presentar el Modelo 210 online a través de la web de la Agencia Tributaria en www.agenciatributaria.es. Necesitarás:
- Un certificado digital o Cl@ve PIN — sistemas de identificación electrónica que permiten interactuar con organismos públicos online
- Tu NIE (número de identificación de extranjero)
- La referencia catastral de tu propiedad (un código de 20 caracteres que aparece en tu recibo del IBI)
- Tu valor catastral
- Una cuenta bancaria española para el pago (domiciliación) o puedes pagar en una sucursal bancaria en España con un impreso de pago
El formulario online está disponible solo en español. El proceso implica seleccionar el código de tipo de renta correcto (tipo de renta "02" para renta imputada), introducir el periodo impositivo, la referencia de la propiedad y el valor catastral. El sistema calcula el impuesto automáticamente.
Opción 2: Usar una gestoría o asesor fiscal
Una gestoría es un tipo de agente administrativo típicamente español — parte contable, parte navegador de burocracia. La mayoría de propietarios británicos usan una gestoría para presentar su Modelo 210 porque:
- El sistema online está en español y no es intuitivo
- Obtener un certificado digital como no residente es complicado
- Una gestoría lo gestiona todo por 50-150 € por presentación
- Se aseguran de que se usen los códigos de tipo de renta y cálculos correctos
- Pueden presentar en tu nombre usando su propio certificado digital y un poder notarial (autorización)
Muchos abogados y gestorías ofrecen un paquete anual que incluye la presentación del Modelo 210, gestión del pago del IBI y supervisión de las cuotas de comunidad por unos 200-300 € al año.
Opción 3: Usar un representante fiscal
Desde 2023, España ha incrementado la exigencia de que los residentes fuera de la UE tengan un representante fiscal en España. Esta es una persona o entidad residente en España que actúa como punto de contacto con Hacienda. Tras el Brexit, los ciudadanos británicos están técnicamente sujetos a este requisito, aunque su aplicación ha sido inconsistente.
Tu gestoría o abogado puede actuar como tu representante fiscal. El coste suele estar incluido en su tarifa anual por gestionar tus asuntos fiscales.
Sanciones por no presentar
Las sanciones por no presentar el Modelo 210 son significativas:
- Presentación tardía (voluntaria): Si presentas tarde pero antes de que Hacienda te contacte, los recargos son: 5% (hasta 3 meses de retraso), 10% (3-6 meses), 15% (6-12 meses), 20% (más de 12 meses) más intereses.
- Presentación tardía (tras notificación): Si Hacienda te envía un requerimiento (notificación formal), la sanción es del 50-150% del impuesto adeudado, más intereses.
- Reincidentes: Las sanciones aumentan por incumplimiento habitual.
En la práctica, la Agencia Tributaria se ha vuelto mucho más proactiva en perseguir a los propietarios no residentes. Cruzan los registros de la propiedad con las declaraciones fiscales y envían notificaciones automatizadas. Si no has presentado durante varios años, considera contratar a un asesor fiscal para regularizar tu situación — la presentación voluntaria resulta en sanciones mucho menores que esperar a que Hacienda te encuentre.
Declaración de ingresos por alquiler en el Modelo 210
Si alquilas tu propiedad en España, debes declarar los ingresos por alquiler en un Modelo 210 separado (usando el código de tipo de renta "01" para rentas del alquiler). Las reglas difieren según tu residencia:
Solo residentes UE/EEE
- Tipo impositivo: 19%
- Puedes deducir gastos directamente relacionados con el alquiler: honorarios de gestión de la propiedad, reparaciones, seguro, IBI, cuotas de comunidad, intereses de hipoteca (proporcional a los periodos de alquiler), limpieza, suministros y amortización (3% del valor de construcción por año)
- Se tributa sobre el beneficio neto (ingresos menos gastos deducibles)
Residentes fuera de la UE/EEE
- Tipo impositivo: 24%
- No puedes deducir ningún gasto — se tributa sobre los ingresos brutos por alquiler
- Esta es una desventaja importante y uno de los impactos financieros clave del Brexit para los propietarios británicos, si se clasifican como no UE
La diferencia entre poder deducir gastos al 19% y tributar sobre ingresos brutos al 24% es enorme. Para una propiedad que genera 20.000 € de ingresos brutos por alquiler con 8.000 € en gastos deducibles:
- Tratamiento UE: (20.000 € - 8.000 €) x 19% = 2.280 € de impuesto
- Tratamiento no UE: 20.000 € x 24% = 4.800 € de impuesto
Eso es una diferencia de 2.520 € al año. Esta cuestión está actualmente sujeta a impugnación legal y podría resolverse a favor de los contribuyentes británicos, pero a principios de 2026 la posición sigue sin estar clara. Consulta a un asesor fiscal especializado.
Uso mixto: alquiler + uso personal
Si alquilas tu propiedad parte del año y la usas tú mismo el resto, presentas:
- Modelos 210 trimestrales para los periodos de alquiler (tipo de renta 01)
- Un Modelo 210 anual para los periodos sin alquiler (tipo de renta 02, renta imputada)
La renta imputada del periodo sin alquiler se calcula proporcionalmente. Si alquilas 3 meses y usas la propiedad tú mismo 9 meses, la renta imputada se calcula sobre 9/12 del año.
Métodos de pago
Puedes pagar el impuesto del Modelo 210 de varias formas:
- Domiciliación bancaria: Desde una cuenta bancaria española. Es el método más fácil si tienes cuenta española.
- Pago en banco: Imprime el formulario de pago de la web de la Agencia Tributaria y paga en cualquier sucursal bancaria colaboradora en España (la mayoría de los grandes bancos los aceptan).
- Banca online: A través de la plataforma online de tu banco español, si admite pagos a la Agencia Tributaria.
No puedes pagar desde una cuenta bancaria británica directamente. Necesitas una cuenta bancaria española o alguien en España (como tu gestoría) que realice el pago en tu nombre.
Lecturas relacionadas
Consejos clave para propietarios británicos
- Guarda tu recibo del IBI: Necesitas el valor catastral y la referencia catastral cada año. Haz una foto o escanéalo cuando lo recibas.
- Presenta aunque debas muy poco: El impuesto sobre la renta imputada puede ser solo 200-400 €, pero la sanción por no presentar puede ser mucho mayor.
- Conserva registros de alquiler: Si alquilas tu propiedad, conserva registros detallados de ingresos y gastos, incluyendo facturas y extractos bancarios. Hacienda puede solicitar documentación de hasta 4 años atrás.
- No olvides el CDI: Si eres residente fiscal en el Reino Unido y pagas impuestos británicos sobre tus ingresos por alquiler en España, puedes solicitar un crédito en tu declaración de la renta británica por el impuesto español pagado (y viceversa).
- Considera un acuerdo permanente: Establece un acuerdo anual con una gestoría para que presente tu Modelo 210 automáticamente. Esto elimina el riesgo de olvidarlo e incurrir en sanciones.
El Modelo 210 es una de esas obligaciones que los propietarios británicos en España deben simplemente aceptar. No es oneroso — las cantidades son típicamente pequeñas y el proceso es sencillo con ayuda profesional. Lo clave es ser consciente de ello y presentar a tiempo cada año.
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Disclaimer
This guide is for informational purposes only and does not constitute legal, tax, or financial advice. Property laws and tax regulations change frequently — always consult a qualified Spanish lawyer and tax advisor before making any property purchase decisions. Data sourced from Spanish Land Registry, Idealista, and MUNDO partner network. Last verified: March 2026.