MUNDO Research Team · Vetted by Costa del Sol property professionals
Published July 2025 · Updated February 2026 · 10 min read
Impuesto sobre las ganancias patrimoniales en la venta
Cuando vendes una propiedad en España, estás sujeto al impuesto sobre las ganancias patrimoniales sobre cualquier beneficio. El tratamiento fiscal depende de si eres residente fiscal español o no residente en el momento de la venta.
Vendedores no residentes (la mayoría de propietarios británicos)
Si eres no residente en España — es decir, eres residente fiscal en el Reino Unido y la propiedad española es una vivienda vacacional o inversión — el tipo del impuesto sobre ganancias patrimoniales es un 19% fijo sobre la ganancia neta.
La ganancia neta se calcula como:
- Precio de venta (según consta en la escritura de compraventa)
- Menos precio de compra (según consta en la escritura original)
- Menos gastos de adquisición deducibles: ITP o IVA pagado en la compra, gastos de notaría, registro de la propiedad, honorarios de abogado
- Menos gastos de venta deducibles: comisión del agente inmobiliario, honorarios de abogado, certificado energético
- Menos coste de mejoras: Cualquier mejora de capital (no reparaciones) realizada en la propiedad, respaldada por facturas. Esto incluye ampliaciones, cocinas nuevas, baños nuevos, techos nuevos — todo lo que añadió valor, no simplemente lo mantuvo.
Ejemplo práctico
Compraste un apartamento por 200.000 € en 2018. Los gastos de compra fueron 20.000 € (ITP, notaría, abogado). Instalaste una cocina nueva por 15.000 € y un cerramiento de terraza por 8.000 € (ambos con factura). Ahora vendes por 300.000 €. La comisión de agencia es de 15.000 € (5%) y los honorarios legales 2.000 €.
- Coste total de adquisición: 200.000 + 20.000 + 15.000 + 8.000 = 243.000 €
- Producto neto de venta: 300.000 - 15.000 - 2.000 = 283.000 €
- Ganancia patrimonial: 283.000 - 243.000 = 40.000 €
- Impuesto al 19%: 7.600 €
Vendedores residentes fiscales en España
Si eres residente fiscal español cuando vendes, la ganancia se añade a tu base del ahorro y tributa a tipos progresivos:
- Primeros 6.000 €: 19%
- 6.001 a 50.000 €: 21%
- 50.001 a 200.000 €: 23%
- 200.001 a 300.000 €: 27%
- Más de 300.000 €: 28%
Sin embargo, si la propiedad es tu vivienda habitual y reinviertes la totalidad del producto en otra vivienda habitual en un plazo de 2 años, la ganancia queda exenta de impuesto. Además, los vendedores mayores de 65 años que vendan su vivienda habitual quedan totalmente exentos independientemente de la reinversión.
La retención del 3% por el comprador
Este es uno de los mecanismos más importantes que los vendedores no residentes deben entender. Cuando vendes una propiedad en España como no residente, el comprador está legalmente obligado a retener el 3% del precio de venta e ingresarlo directamente a Hacienda en tu nombre. Esto se hace a través del Modelo 211, que el comprador presenta en el plazo de un mes desde la venta.
La retención del 3% actúa como un pago a cuenta de tu impuesto sobre ganancias patrimoniales. No es un impuesto adicional — es un anticipo. Después de la venta, presentas el Modelo 210 (declaración de ganancia patrimonial) y:
- Si tu deuda real de plusvalía es menor que el 3% retenido, recibes la devolución de la diferencia
- Si tu deuda real es mayor que el 3% retenido, pagas la diferencia
Ejemplo
En una venta de 300.000 €, la retención del 3% es 9.000 €. Si tu impuesto real sobre ganancias patrimoniales es de 7.600 € (como en el ejemplo anterior), tienes derecho a una devolución de 1.400 €. Solicitas esta devolución presentando el Modelo 210 dentro de los 3 meses siguientes a la venta.
Si vendiste a pérdida (sin ganancia patrimonial), los 9.000 € completos son reembolsables. Sin embargo, la Agencia Tributaria es notoriamente lenta en procesar devoluciones — espera 6-12 meses, a veces más.
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Importante: no olvides reclamar
Muchos vendedores no residentes olvidan presentar el Modelo 210 después de la venta, dejando la retención del 3% en poder de Hacienda sin reclamar. En una venta de 300.000 €, son 9.000 € que estás dejando sobre la mesa. Asegúrate de que tu abogado o gestoría presente la declaración puntualmente.
Plusvalía municipal
La Plusvalía Municipal (oficialmente Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana — IIVTNU) es un impuesto local que cobra el ayuntamiento sobre el incremento del valor del suelo durante tu periodo de propiedad. Es independiente del impuesto nacional sobre ganancias patrimoniales.
Cómo se calcula
Desde la sentencia del Tribunal Constitucional de 2021 que declaró inconstitucional el método de cálculo anterior, la plusvalía se calcula ahora usando uno de dos métodos — el vendedor puede elegir el más favorable:
- Método 1 (Objetivo): Basado en el valor catastral del suelo multiplicado por coeficientes fijados por cada ayuntamiento para el número de años de propiedad (máximo 20 años).
- Método 2 (Ganancia real): Basado en la ganancia real del valor del suelo, calculada como la diferencia entre la parte del suelo del precio de venta y la parte del suelo del precio de compra.
Si vendiste a pérdida (sin incremento de valor), no debes plusvalía. Este fue el cambio clave de la sentencia de 2021 — anteriormente, el impuesto se cobraba incluso en ventas a pérdida.
¿Quién paga?
Legalmente, la plusvalía es responsabilidad del vendedor. Sin embargo, es habitual en España que comprador y vendedor negocien quién la paga como parte del acuerdo de venta.
Importes típicos
La plusvalía varía enormemente según el municipio, el valor catastral y la duración de la propiedad. Los importes típicos oscilan entre 500 y 5.000 € para un apartamento estándar, pero pueden ser mucho mayores para propiedades mantenidas mucho tiempo en ubicaciones prime con valores catastrales elevados.
Debes pagar la plusvalía en un plazo de 30 días hábiles desde la venta. El pago tardío conlleva sanciones e intereses.
Comisión del agente inmobiliario
La comisión del agente inmobiliario en España no está regulada — es libremente negociable. Los tipos habituales son:
- 3-5% del precio de venta para propiedades de segunda mano estándar
- 5-6% para propiedades por debajo de 200.000 € (los agentes necesitan unos honorarios mínimos para justificar el trabajo)
- 1-3% para propiedades de alto valor (más de 1 millón de euros)
La comisión la paga normalmente el vendedor en España. La comisión está sujeta al 21% de IVA, por lo que un agente que cobra el 5% sobre una venta de 300.000 € facturará 15.000 + 3.150 de IVA = 18.150 € en total.
Costes legales para el vendedor
Como vendedor, tus costes legales incluyen típicamente:
- Abogado: 1.000-2.000 € por gestionar la venta, revisar contratos, asistir a la notaría y gestionar las declaraciones fiscales posteriores
- Gestoría: 200-500 € por presentar los diversos formularios fiscales (Modelo 210 por ganancias patrimoniales, declaración de plusvalía)
- Certificado de Eficiencia Energética (CEE): 150-300 €, obligatorio por ley antes de poner la propiedad en venta
- Certificado de deuda de la comunidad: 50-100 €, obtenido del administrador de la comunidad para acreditar que no hay deudas pendientes de cuotas de comunidad
- Nota simple: 10-20 €, el extracto registral que confirma tu titularidad y cualquier carga
- Cancelación de hipoteca: Si tienes una hipoteca española, el banco cobrará un cargo por emitir el certificado de deuda cero — típicamente 200-500 €. Los honorarios notariales por la escritura de cancelación son otros 300-600 €, más gastos de registro de 50-100 €.
Plazo para la venta
Un plazo de venta típico en España es:
- Semanas 1-2: Contratar abogado, obtener el CEE, reunir documentación (nota simple, recibos del IBI, certificados de la comunidad)
- Semanas 2-4: Nombrar agente inmobiliario, acordar el precio de venta, fotos profesionales y publicación del anuncio
- Semanas 4-16: Periodo de comercialización. El tiempo medio de venta varía según ubicación y precio — 3-6 meses es típico para propiedades bien valoradas en la costa
- Oferta y reserva: Una vez aceptada una oferta, el comprador normalmente paga un depósito de reserva (3.000-10.000 €) para retirar la propiedad del mercado durante 2-4 semanas
- Contrato privado (contrato de arras): Un contrato vinculante donde el comprador paga el 10% del precio como señal. Si el comprador se retira, pierde la señal. Si el vendedor se retira, debe devolver el doble de las arras.
- Firma ante notario (escritura pública): Normalmente 4-8 semanas después del contrato de arras. Ambas partes (o sus representantes con poder notarial) asisten ante notario. Se paga el saldo, se firma la escritura y se transmite la propiedad.
Plazo total desde la publicación hasta la firma: típicamente 4-8 meses.
Lecturas relacionadas
Repatriación de fondos al Reino Unido
Tras la firma, tendrás el producto neto en tu cuenta bancaria española (menos la retención del 3%, comisión de agencia y amortización de hipoteca). Para transferir los fondos al Reino Unido:
- No uses el servicio de transferencia de tu banco español: Los bancos normalmente cobran 20-50 € en comisiones de transferencia más un margen del 2-4% sobre el tipo de cambio. Sobre 250.000 €, el margen del tipo de cambio solo podría costarte 5.000-10.000 €.
- Usa un especialista en transferencias de divisas: Empresas como Wise, Currencies Direct, OFX o Moneycorp ofrecen tipos de cambio mucho más cercanos al tipo interbancario. Margen típico: 0,3-0,5%. Sobre 250.000 €, el ahorro respecto a una transferencia bancaria podría ser de 3.000-8.000 €.
- Considera un contrato a plazo: Si no tienes prisa por transferir, puedes fijar un tipo de cambio por hasta 2 años. Esto te protege contra movimientos adversos del tipo mientras esperas el momento óptimo para transferir.
- Verificaciones antiblanqueo: Para transferencias grandes (más de 50.000 €), el intermediario de divisas requerirá prueba del origen de los fondos — normalmente la escritura notarial de venta y un extracto bancario que acredite la recepción del producto. Ten estos documentos preparados para evitar retrasos.
Impuestos en el Reino Unido
Si eres residente fiscal en el Reino Unido cuando vendes tu propiedad española, también debes declarar la ganancia patrimonial en tu declaración de la renta británica (Self Assessment). El Reino Unido da un crédito por el impuesto español pagado, por lo que solo pagarás CGT británico sobre la ganancia en la medida en que los tipos británicos superen los españoles. Para propiedad residencial, los tipos británicos de CGT son del 18% (tipo básico) o 24% (tipo superior) — dado que el tipo español es del 19%, los contribuyentes de tipo superior británico pueden deber un 5% adicional al HMRC.
Vender una propiedad en España implica más impuestos y costes de lo que la mayoría de propietarios británicos esperan. Entre el impuesto sobre ganancias patrimoniales, la retención del 3%, la plusvalía, la comisión de agencia y los honorarios legales, los costes totales de venta pueden ascender al 10-15% del precio de venta. Presupuesta desde el principio y asegúrate de que tienes un buen abogado y gestoría gestionando las declaraciones fiscales para recuperar la retención del 3% y optimizar tu posición.
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Disclaimer
This guide is for informational purposes only and does not constitute legal, tax, or financial advice. Property laws and tax regulations change frequently — always consult a qualified Spanish lawyer and tax advisor before making any property purchase decisions. Data sourced from Spanish Land Registry, Idealista, and MUNDO partner network. Last verified: March 2026.